24 jul 2022
ES UN DELITO EN NUESTRO PAÍS y está penado por la Ley 26.904. Se incorpora en el ART 131 del Código Penal en el año 2013: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”
Los niños, niñas y adolescentes que utilizan medios digitales (redes sociales, juegos online, plataformas de entretenimiento, whatsapp, etc). Pueden observarse cambios significativos en niños, niñas y adolescente (NNA):
Y algunos indicadores específicos:
Estar atentos a las redes que usan los NNA y con quienes se vinculan, dialogar siempre sobre la importancia de vincularse sólo con amigos/amigas, que no acepten a personas que no conocen,
Que utilicen contraseñas seguras y no las compartan con nadie. También que utilicen perfiles privados en las redes sociales.
Que se cuide la identidad digital de los y las NNA al compartir fotos o videos de ellos mismos, aunque sean nuestros hijos o estudiantes.
Y recuerden que cuando se comparte ese contenido deja de ser privado pudiendo viralizarse rápidamente.
Y muy importante: Si recibís fotos o videos con contenido sexual, no lo compartas, no seas parte de la difusión.
En el marco de la Educación Sexual Integral, Ley 26.150, se trabaja brindando información y proporcionando herramientas de cuidado a los NNA según sus edades en base a los siguientes ejes: Cuidar el cuerpo y la salud, Reconocer la perspectiva de género, Valorar la afectividad, Respetar la diversidad y Ejercer los derechos.
Datos de interés: Grooming Argentina en redes sociales
Lic. Analía Lilian Pereyra. Sexóloga Clínica y Educativa. IG: @licenciadaanaliapereyra