12 feb 2025
La abogada hizo un repaso del proceso que lleva la causa, y aclaró que “aunque sucedan hechos relevantes, como la jura del diputado Garramuño, esta discusión no está saldada. Esto no se terminó. La jura se produjo en medio de un proceso que terminó ayer, en una decisión que le da continuidad”.
“La cuestión de la banca dejada vacante por Stefani, había sido discutida en primera instancia en el juzgado Electoral con competencia Electoral, de Tierra del Fuego. Con un amparo favorable para Dalila Nora y el Movimiento de Mujeres Paritaristas”, recordó.
Ríos mencionó que “esa decisión fue apelada por la Cámara de Diputados y por el candidato Garramuño. En esa apelación, en voto dividido, con el voto favorable del fiscal y un miembro de la Cámara, se termina dándole la razón a Garramuño”.
Y agregó: “Esa decisión fue recurrida. Ese recurso estaba en trámite cuando, por circunstancias extraordinarias, se llama a una sesión. Nora informa a la Cámara Electoral sobre que hay sesión extraordinaria y pueden querer jurar. La Cámara entendió, en fecha 20 de enero, que no había ningún peligro”.
Posteriormente, “el 6 de febrero, la Cámara de Diputados hace jurar, en período extraordinario, al diputado Garramuño. Se informa nuevamente a la Cámara Nacional Electoral, y en 4 días salió la sentencia indicando que hay gravedad institucional en el planteo, y que hay garantías constitucionales en cuestión. Hay motivos, hay causas y esto tiene que ser analizado. Hoy esto fue admitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
“La disputa no es por una banca, sino por el derecho de participación igualitaria de las mujeres en los espacios de representación política”.
La letrada manifestó que “estamos disputando el sentido y el objeto de las normas. Cuando quieren dar por cerrado el debate, quién va a interpretar las normas, será la Corte Suprema de Justicia”.
Al mismo tiempo, anticipó que “en caso de que la Corte determine en sentido negativo, es la insuficiencia de argumentos o los argumentos negativos en función de un tratado internacional son los elementos que te dan motivos para ir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Argentina es país signatario del Convenio de Eliminación de todas las Formas de Violencia contra las Mujeres”.
Por otro lado, puso en valor que “en el caso de las Mujeres Paritaristas, es el primer caso en el que un colectivo discute los derechos políticos de las mujeres en la Corte Suprema. Es el segundo hito histórico de este amparo. Es el primero presentado a nivel nacional, pero también el primero en la Corte Suprema”.
Para cerrar, Fabiana Ríos indicó que, otras veces, “la Cámara ha declarado un caso abstracto, si no se apeló. En este caso sí se hizo. La candidata Nora advierte a la Cámara sobre el peligro y pide medidas que impidan hechos más gravosos, como la jura, y la Cámara lo desestima por entender que no había peligro cierto, pero a los 15 días se produjo la jura”.
“Lo que puede hacer ahora Dalila Nora es solicitar, en esta condición extraordinaria, la suspensión de los efectos de la incorporación, hasta tanto se resuelva el recurso extraordinario federal, para evitar hechos más gravosos. Lo que está en juego es la representación electoral”, culminó.