Noticias

Martín Pérez denunció que Nación está cobrando IVA a los fueguinos indebidamente

La AFIP comenzó a cobrar IVA a los fueguinos por servicios tecnológicos, lo cual está prohibido por la ley 19.640. El diputado fueguino Martín Pérez pidió al Poder Ejecutivo que rectifique la incorrecta aplicación y advirtió que, si no se corrige, sienta un peligroso antecedente para nuestra ley de promoción económica. El listado completo de los servicios incluidos.

16 nov 2018

El diputado fueguino Martín Pérez, presentó hoy un pedido de informe al Poder Ejecutivo nacional, solicitando explicaciones  sobre la incorrecta aplicación de la Ley de Impuesto al Valor Agregado en la prestación de los denominados servicios tecnológicos en Tierra del Fuego a partir de lo estipulado en la Ley 19.640. El pedido fue acompañado por los diputados fueguinos Matías Rodríguez y Analuz Carol. 

 

Esta presentación surge a partir que en mayo de este año la AFIP comenzó a cobrar el IVA a los servicios digitales prestados en la provincia de Tierra del Fuego, lo que incurre en un "grosero error, según indica el proyecto", ya que contradice de forma manifiesta la ley nacional de promoción económica de la provincia. 

 

Cabe recordar, tal como indican los fundamentos del proyecto, que el Artículo 1 de la Ley 19.640 exime del pago de todo impuesto nacional que pudiere corresponder por hechos, actividades u operaciones que se realizaren en la provincia, y en su Artículo 4 indica expresamente la exención del impuesto a las ventas y de otros impuestos nacionales que pudieran crearse en el futuro

 

En este sentido, el cobro del IVA en estas actividades, representaría un avasallamiento de los derechos de los fueguinos y un peligroso antecedente para extender este tributo a otras actividades realizadas en la provincia

 

Los servicios alcanzados por la incorrecta aplicación del tributo van desde servicios de entretenimiento, como Netlix o Spotify, a servicios vinculados a la industria turística, como Booking.com, incluyendo también servicios de publicidad en Google, Facebook e Instagram.

 

A continuación el listado de servicios alcanzados:

 

Servicios digitales "puros":

Empresas que brindan servicios de otros o venden bienes

 

(1) Cualquier Denominación Comercial que contenga dicho término

(2) * con 3 espacios respecto de la palabra anterior

(3) * con 1 espacio respecto de la palabra anterior

(4) * sin espacio respecto de la denominación

(5) un espacio y luego * sin espacio respecto de la denominación